El nuevo Reglamento General de Protección de Datos resulta de obligado cumplimiento desde el 25 de Mayo 2018.
Se trata del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, que puede descargar a través del enlace siguiente:
Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679.
La empresa instaladora del sistema de videovigilancia o CCTV, no tendrá responsabilidad en esta materia.
ASTEIA Seguridad asesora a la empresa o institución que lo precise al objeto de ajustar sus actividades al cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguridad, ofreciéndole el respaldo legal para cuantas cuestiones y dudas precise resolver, incluyendo el asesoramiento para las situaciones que puedan acaecer en el tiempo por la tenencia de un sistema de videovigilancia/CCTV, realización de los trámites Administrativos, elaboración de Informes Jurídicos y Gestión de Recursos Administrativos, considerando toda la normativa Nacional, Europea o Extracomunitaria en vigor de aplicación a cada caso en particular.
ASTEIA Seguridad tiene una política rigurosa en esta materia, formalizando con los clientes los contratos legales requeridos en materia de Información y Protección de Datos, extendiendo los compromisos adquiridos a sus empleados y colaboradores, aplicando el secreto profesional y confidencialidad de las informaciones a las que tenga acceso por la relación con sus clientes.
La Agencia Española de Protección de Datos pone a disposición del público mediante su sitio web, los Informes Jurídicos elaborados en materia de Videovigilancia.
Para obtener un conocimiento general de las implicaciones y el tratamiento regulado en videovigilancia, puede consultar la Guía de Videovigilancia y el Plan sectorial de Videocámaras en Internet 2009 de la AEPD y visualizar el siguiente videotutorial.
Las Resoluciones de los Procedimientos Sancionadores resueltos por el Director de la AEPD están igualmente disponibles.
SENTENCIAS
Sentencia 186/2000 de la Sala Primera del Tribunal Constitucional. Instalación por la empresa de un circuito cerrado de televisión para controlar determinados puestos de trabajo que se encuentra justificada y proporcionada (Tribunal Constitucional de 10 de julio de 2000)